jueves, 28 de septiembre de 2017

NORMATIVIDAD SOBRE FLORA SILVESTRE Y BOSQUES

NORMAS AMBIENTALES COLOMBIANAS


EL CONGRESO DE COLOMBIA

"Por la cual se protege la flora colombiana, se reglamentan los jardines botánicos y se dictan otras disposiciones".



Decreto 2448 de 2012

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

"Por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1824 de 1994"







NORMATIVIDAD SOBRE LOS RESIDUOS SÓLIDOS

NORMAS AMBIENTALES COLOMBIANAS


EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

"Por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos"




EL MINISTRO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL

"Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones"


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

"Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo"






Resolución 754 de 2014

EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Y EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

"Por la cual se adopta la metodología para la formulación, implementación, evaluación, seguimiento, control y actualización de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos"






Ras 2000 Titulo F-Sistemas de aseo




Decreto 351 de 2014 

"Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades"
      






















Ordenanza 10 de 2016 Basura Cero


NORMATIVIDAD FORESTAL

NORMAS AMBIENTALES COLOMBIANAS


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Por medio de la cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal




LICENCIAS AMBIENTALES

NORMAS AMBIENTALES COLOMBIANAS


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

“Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales"


jueves, 14 de septiembre de 2017

CONSTITUCIÓN POLÍTICA

NORMAS AMBIENTALES COLOMBIANAS

La Constitución Política Colombiana de 1991 elevó a norma constitucional la consideración, manejo y   conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, a través de los  siguientes principios:

Derecho a un Ambiente Sano

ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Desarrollo Sostenible

ARTICULO 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

 El medio Ambiente como Patrimonio Común

La Constitución incorpora este principio al imponer al Estado y a las personas la obligación de proteger las riquezas culturales y naturales (Art. 8), así como el deber de las personas y del ciudadano de proteger los recursos naturales y de velar por la conservación del ambiente (Art. 95). En desarrollo de este principio, en el Art. 58 consagra que: ¨ la propiedad es una función social que implica obligaciones y, como tal, le es inherente una función ecológica ¨; continúa su desarrollo al determinar en el Art. 63 que: ¨ Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la Ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables"